A casi una década de la trágica muerte de Vanesa Soledad Schvedt Casares en la Maternidad Provincial Teresita Baigorria, dos médicas imputadas evitarán el juicio penal mediante un acuerdo de reparación económica, homologado este lunes por el juez José Luis Flores, del Colegio de Jueces.

Las profesionales María Belén Tourn y Natalia Elizabeth Tobares, defendidas por los abogados Esteban y Matías Nostray, propusieron un pago en dos cuotas a la madre y al hijo mayor de Vanesa, quienes aceptaron la propuesta. La resolución se ampara en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal Argentino, que permite extinguir la acción penal si hay una “reparación integral del daño”. También se invocó el artículo 225 del Código Procesal Penal de San Luis, que no impide este tipo de resolución en este caso.

El fiscal de Juicio N°2, Fernando Rodríguez, no presentó objeciones, y el juez subrayó que si bien “no es posible compensar emocionalmente la pérdida de una vida”, la ley habilita estas salidas alternativas al juicio penal.

Sin embargo, el acuerdo no estuvo exento de controversias. La hija menor de la víctima, nacida en el mismo parto que terminó con la vida de su madre, no tuvo representación directa en la audiencia. El juez consideró su ausencia como válida, ya que su padre —quien ejerce la responsabilidad parental— fue informado y no se opuso.

Esta decisión judicial, aunque legal, deja abiertas múltiples interrogantes sobre el funcionamiento de la justicia penal en casos de presunta mala praxis médica. ¿Puede una compensación económica reemplazar la verdad judicial y la sanción penal? ¿Se está garantizando justicia para todas las víctimas, incluidas las que hoy no pueden alzar su voz?

La causa, iniciada en 2016, parecía encaminada a esclarecer responsabilidades en un hecho gravísimo. Hoy, con este acuerdo, la Justicia se encamina a cerrar el expediente sin juicio, sin condena y con una reparación económica que no podrá devolver la vida que se perdió ni evitar futuros casos similares.