San Luis (LaNoticia) 08-05-2020.  Diputados pidieron un informe sobre la compra de cámaras termografías por $14.000.000 de forma directa y a una empresa que no tiene oficinas reales, solo dos empleados y se presume una vinculación con funcionarios del gobierno.

La empresa a la que el Estado le compro de firma directa saltándose la ley de contabilidad, es LevelTech SRL, que según una factura que se dio a conocer en un portal de noticias, la misma tiene domicilio en avenida Perón 1156, lo llamativo es que en el lugar no hay ninguna empresa o local comercial, hace un tiempo hubo una casa de paragolpes de plásticos llamada H.E, ¿Hay Equipo? ¿casualidad?. Fe de errata (la casa de paragolpes H E, no tiene vinculación con la propiedad señalada en la nota ni con la agrupación política Hay Equipo, respetando el derecho a réplica, desde este medio pedimos las disculpas por el tratamiento de esta nota y desligamos a la familia propietaria del emprendimiento sobre este caso)

La empresa según los registros de AFIP solo posee dos empleados declarados, comenzó su actividad en 2015 y solo ha facturado 93 veces en 5 años, es la misma empresa a la cual el Gobierno de Alberto Rodríguez Saá le compro los lectores de patente y el pago de los $14 millones se hizo de manera contada.

Leveltech, tendría una estrecha vinculación con un ministro del gabinete de Rodríguez Saá según se presume.

En el pedido de informes lo diputados precisan saber entre otras cuestiones, quienes son los dueños de la empresa, los registros completos de las contrataciones que ha tenido el Estado y el procedimiento de licitación.

“En términos generales Lo que pedimos en ese informe,  es saber por  qué van por fuera de la Ley de Contabilidad, no giran los decretos a la cámara, Se pide que informen a la cámara los procedimientos de contratación,  Cabe considerar que la contratación fue encuadrada en las disposiciones del DNU Nº 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y del Decreto Provincial Nº 1668, El primero de ellos exceptúa, a las adquisiciones de bienes para atender la emergencia sanitaria, del régimen de contratación de la administración nacional. El segundo de ellos, declara la emergencia sanitaria en la Provincia y adhiere al decreto nacional citado. En este sentido, y teniendo en cuenta los fundamentos de dicho acto administrativo, resulta claro que el mismo se refiere a la “emergencia” exclusivamente. Es así entonces que no adhiriere a las excepciones de los procedimientos de contratación, no solo porque las excepciones son de los regímenes “nacionales” que ya de por sí no son aplicables en la jurisdicción provincial, sino que también porque la adhesión al decreto nacional se realizó “en tanto resulte materia de competencia de la misma”. Claramente el Ejecutivo Nacional no tiene competencia sobre el particular y en nada puede inmiscuirse en las reglas de contrataciones locales. A ello, hay que considerar que una disposición del Ejecutivo Provincial no puede borrar de cuajo las normativas legales en la materia”

Gaston Hissa, diputado San Luis Unido