Un fallo del Tribunal de Impugnaciones de Villa Mercedes le dio un giro clave a la causa contra Ricardo Bazla: dejó sin efecto cinco de los cargos incorporados por las querellas y ratificó que la acusación penal debe quedar bajo la órbita exclusiva del Ministerio Público Fiscal.

La resolución fue firmada por los jueces María Monserrat Bocca, Marcelo Bustamante Marone y Hernán Herrera, quienes hicieron lugar parcialmente al planteo de la defensa y ordenaron retrotraer la imputación al esquema original definido por la Fiscalía.

El eje del conflicto se remonta a la audiencia del 25 de marzo, cuando el juez de Garantía Alfredo Cuello convalidó una ampliación de cargos impulsada por las querellas, que excedía —según cuestionó la defensa— lo solicitado por el fiscal Leandro Estrada.

Bazla había sido inicialmente imputado por defraudación contra la administración pública. Sin embargo, durante esa misma audiencia se sumaron otras figuras penales —como abuso de autoridad, falsedad ideológica, estafa procesal, hurto y peculado— que ampliaron el alcance de la acusación.

Para la defensa, ese cambio implicó una alteración sustancial del caso: se pasó de responder por un hecho concreto a enfrentar múltiples imputaciones basadas en hipótesis distintas, lo que —argumentaron— vulneró el derecho de defensa.

El Tribunal coincidió en parte con ese planteo y fue más allá: advirtió que las nuevas acusaciones introducían una “plataforma fáctica incompatible” con la línea investigativa de la Fiscalía. En otras palabras, versiones de los hechos que no pueden sostenerse simultáneamente dentro del mismo proceso.

Según el fallo, las querellas intentaron instalar una “acusación paralela”, con una reconstrucción diferente del caso, lo que resulta incompatible con el sistema acusatorio. “Fragmenta el caso y desdibuja el objeto del proceso”, señalaron los magistrados.

La hipótesis del fiscal Estrada sostiene que el campo El Caburé y la producción de maíz estaban bajo control del Estado provincial, y que lo investigado son posibles irregularidades administrativas en la contratación de la cosecha. En ese marco, también está imputado el exfuncionario Darío Oviedo, señalado como quien ejecutó las gestiones operativas.

Por el contrario, las querellas plantearon que tanto el campo como la producción serían de carácter privado, lo que justificaba la incorporación de nuevos delitos. Esa divergencia fue central en la decisión del Tribunal.

Con este fallo, la causa vuelve a encuadrarse exclusivamente en el delito de defraudación contra la administración pública, bajo la figura de administración fraudulenta. Y deja un mensaje claro: en el proceso penal, la construcción de la acusación no puede desbordar los límites fijados por la Fiscalía.