Mientras el Ministerio de Transporte pone a punto los protocolos para la reapertura de los vuelos y viajes de cabotaje e internacionales a partir de octubre, la Dirección Nacional de Migraciones estableció el requisito de declaraciones juradas electrónicas obligatorias para aquellas personas que comiencen a viajar por el mundo o dentro de las fronteras nacionales.
Hasta el momento, dentro de las limitaciones permitidas por el Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio, quienes volvían al país o conseguían vuelos al exterior debían completar la declaración de manera presencial. En el caso de quienes ingresan al país, además, deben cumplir con la obligatoriedad de utilizar la aplicación Cuidar-Covid-19 por un plazo mínimo de 14 días para poder hacer un seguimiento de quienes arriban al país.
A partir de este lunes, quienes viajen en avión deberán completarla la declaración jurada electrónica dentro de las 48 horas previas al embarque. La declaración deberá ser solicitad por las aerolíneas a los pasajeros y las empresas que lo incumplan deberán enfrentar multas. Mientras que aquellos que viajen por medios terrestres o marítimos lo podrán hacer al momento de cruzar la frontera.
El Ministerio de Transporte aún no confirmó la fecha exacta en la que se reanudarán los vuelos de cabotaje e internacionales y el ministro Mario Meoni aclaró que la cantidad de pasajeros va a estar condicionada por la apertura de fronteras internacionales y la decisión que vayan tomando las provincias. En el caso de los vuelos fuera del país, Meoni indicó que los primeros destinos podrían ser Uruguay y Paraguay, y luego se incorporaría Chile y Brasil.
El objetivo de poner en marcha la declaración jurada electrónica para quienes pasen por los aeropuertos será similar a la de los web-checkings, evitar demoras y aglomeraciones de personas en las ventanillas de recepción, en este caso de migraciones. Quedarán exceptuados de hacer el trámite online las personas mayores de 70 años.
En el caso de las personas menor de edad o de las personas con capacidades diferentes que no puedan realizarla por si mismo, seran padre, madre o responsable quien debera completar los datos requeridos en representación de ellos.
La dirección de Migraciones agregó que, en el caso de las personas residentes en el extranjero que ingresen al país, quedarán exceptuados del trámite solo los tripulantes o transportistas de los medios de transporte de pasajeros o cargas internacionales, que desde el inicio de la pandemia quedaron alcanzados por excepciones del decreto N°274/2020