San Luis (LaNoticia) 12-09-17. Se trata del dictamen de la Procuradora Fiscal de la Nación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Dra. Laura Monti en el amparo de Avanzar Cambiemos.
Hay muchos que consideramos que una verdad dicha a medias, deja de ser verdad y se transforma en una vil mentira. Eso mismo ocurrió con la manipulación que hicieron en el Tribunal Electoral provincial respecto del dictamen de la procuradora Monti ante el amparo que realizaron los representantes del frente Avanzar y Cambiemos por San Luis ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a la actuación que le cupo a ese Tribunal en el proceso electoral provincial de las PAS con el frente amparista.
Según un parte de prensa publicado en Prensa Judicial, bajo el título “DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN” –clic acá para acceder a la publicación-, el Tribunal Electoral provincial y luego de `copiar y pegar´ parte del dictamen en cuestión, concluye textualmente que “En razón de lo expuesto, la Procuradora finalizó su dictamen opinando que el proceso iniciado por Avanzar y Cambiemos resulta ajeno al conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Y aquí caen en una burda mentira mediática, porque es verdad que la procuradora Monti “finaliza” diciendo que “opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, pero no el dictamen sino que así “finaliza” el segundo punto de un dictamen que tiene tres puntos. En resumen, los muchachos/as del Tribunal Electoral provincial `omitieron´ maliciosamente lo que Monti dice en el tercer punto, que cambia la realidad de la triste y desafortunada frase del comunicado más cercano al oficialismo que a la objetividad.
Punto III
Para colaborar con los muchachos/as del Tribunal Electoral provincial, vamos a publicar ese famoso final del `punto III´ del dictamen de Monti -que, precisamente es el “final del dictamen”-, para que puedan hacer, si les interesa la verdad real, hacer un mea culpa y una especie de `fe de erratas´.
“En tales circunstancias, entiendo que, atento a la premura que caracteriza a la cuestión electoral en debate, y a fin de garantizar un pronunciamiento en tiempo útil, de constatar se los hechos referidos supra (ver especialmente fs. 66 vta.), V.E. podría decidir la intervención procesal que considere pertinente”.
Allí, Monti dice, nada más ni nada menos, que si bien opina que “el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, por algunas circunstancias evidenciadas en el amparo, deja a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “decidir” si son competentes o no para atender el amparo. En definitiva, habrá que esperar que voten los cinco ministros de la Corte para saber si van a fallar o no sobre la denuncia presentada por Avanzar y Cambiemos por San Luis.
Para quienes deseen ver completo el dictamen de Monti pueden hacer clic acá.
Carlos Rubén Capella
lanoticiaensl@gmail.com