La decisión judicial que entrará parcialmente en vigor y de manera inmediata, preocupa a los viajeros de los países afectados y a las asociaciones de defensa de los refugiados, teniendo en cuenta que no todos los miembros de la familia entran en las categorías a las que se les permitirá viajar a Estados Unidos.
Las medidas del veto migratorio
La primera versión del veto migratorio fue proclamada el 27 de enero y suspendía la concesión de visados durante 90 días a siete países de mayoría musulmana -Libia, Sudán, Somalia, Siria, Irak, Yemen e Irán- por considerar que tienen un historial terrorista. También se prohibía la entrada de refugiados sirios de manera indefinida y del resto de países del mundo durante 120 días.
El segundo decreto, el que entró en vigor recientemente, dejó fuera a los ciudadanos de Irak y modificó las condiciones sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.
Ambas versiones fueron rechazadas por los tribunales hasta que la Corte Suprema anunció el 26 de junio pasado, la admisión del recurso de urgencia interpuesto por la Casa Blanca y levantaba de forma parcial el bloqueo impuesto al veto.
¿Por qué Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen?
El presidente Donald Trump justificó el veto contra esos países “por razones de seguridad», y celebró el triunfo de su proyecto para «proteger a la nación de la entrada de terroristas extranjeros», escribió en su cuenta oficial de Twitter.
El Gobierno estadounidense apeló a la situación actual y al “deterioro de las condiciones en ciertos países debido a la guerra, conflictos, desastres e inestabilidad civil incrementa la posibilidad de que los terroristas usen todos los medios posibles para entrar en Estados Unidos», así lo explica el texto de la orden ejecutiva que anuncia la entrada en vigor del decreto migratorio.
La contradicción recae en que ninguno de los autores de atentados recientes en Estados Unidos provenía de estos países. Por ejemplo, los responsables de los atentados al World Trade Center (2001) procedían de Arabia Saudí , Emiratos Árabes Unidos, Egipto y Líbano, y ninguno de estos países aparece en la lista.
¿A quién afecta directamente?
Las nuevas normas de la Casa Blanca exigen una visa que demuestre una relación familiar “cercana”, laboral o académica “estrecha” con Estados Unidos.
Según la política migratoria, los abuelos, nietos, tíos, tías, sobrinos, sobrinas, cuñados, cuñadas, prometidos u otros miembros de la familia ampliada no son considerados como relaciones cercanas, por lo que no clasifican para la aprobación del visado.
La supuesta noción de “familia cercana” que impone Estados Unidos son “los padres, los esposos, niños, hijos o hijas adultos, yernos, nueras, hermanos y hermanos y medio hermanos o media hermanas”.
La “relación cercana” debe ser “formal, documentada, y haber sido establecida en circunstancias ordinarias, y no con el objetivo de escapar a este decreto”, expresa el mensaje diplomático enviado a las sedes de las seis naciones limitadas.
Según el Gobierno estadounidense, la orden ejecutiva estará vigente hasta que se establezcan nuevos mecanismos de vigilancia. Trump aseguró que Estados Unidos volvería a otorgar visados nuevamente “una vez estemos seguros de que hemos revisado e implementado las políticas más seguras durante los próximos 90 días».