San Luis (LaNoticia) 28-09-15. Los cuatro años de prisión que le dio la Cámara del Crimen Nº 2 al único imputado por el desfalco a DOSEP, denunciado en enero de 2006, otra vez deja a la (In)Justicia de San Luis en el tope de lo aberrante. Asimismo, el tribunal decidió “INTIMAR al Señor Juez de Instrucción N° 2 de ésta Ciudad, a los efectos que imprima urgente tramite a la compulsa ordenada por esta Cámara” para investigar a “Cristina Esther Planella de Rizotto, Orlando Becerra y Gladys Bailac de Follari”, por la falta de control en la obra social.
Primero hay que ver que en el debate oral jamás se probó concretamente que Roberto Escudero haya sido el responsable del desfalco, a punto tal que el fiscal de Cámara, Fernando `Chulo´ Rodríguez, y el abogado empleado de Fiscalía de Estado, Hugo Scarso, debieron recurrir al dictamen del Tribunal de Faltas, para probar lo improbable. No hubo un solo documento que probara que Escudero recaudaba una cifra, depositando otra menor y de esa forma hacerse de la diferencia para cometer el desfalco. De hecho, se probó, de acuerdo a los testimonios varios que se vertieron en el juicio, que había tres responsables de recaudar lo producido por las cajas de DOSEP y luego depositarlo a los cajeros del banco BANEX que pasaban por Tesorería a por el dinero. Así las cosas, en el juicio quedó totalmente demostrado que esa tarea era realizada por Roberto Escudero, Cristina Planella y Mercedes Maidana. Entonces la gran pregunta sería ¿Por qué solo condenar a Escudero? Si de acuerdo a lo visto en el debate oral, o fue cualquiera de los tres, o dos de los tres, o los tres en su conjunto. Lo que sí quedó demostrado contundentemente fue que para esas épocas, en DOSEP había un descontrol total sobre los ingresos y egresos de dineros que manejaba Tesorería. Hasta se demostró que había un Libro de Banco que se escribía con lápiz y el cual no estaba foliado.
En los alegatos, se pudo ver a un Scarso que cada vez está más consustanciado con su pasado ligado a la dictadura militar, con una mentalidad digna de la que tuvo cualquier genocida. En un momento del alegato intentó `demostrar´ la culpabilidad de Escudero con supuestas cajas de seguridad en un banco -algo que nunca mostró comprobante de sus dichos- y la cantidad de autos que tendría el, ahora, condenado; lo que no se condecía con su sueldo. Esto podría haber servido para demostrar una supuesta evasión fiscal, pero no demuestra jamás de dónde sale el dinero para esas compras. Además, con la misma mentalidad, la gran pregunta es ¿Por qué no revisaron si los patrimonios de Planella y Maidana no aumentaron poco acorde a sus ingresos? Una demostración clara de que en la investigación no se juntó una sola prueba contra Escudero, es que tanto Scarso como Rodríguez, tuvieron que acudir al dictamen del Tribunal de Faltas en el sumario administrativo que se hizo. Ahora, la gran pregunta sería ¿Un acto administrativo es más importante que la investigación judicial en el fuero penal? A tal punto la investigación del Tribunal de Faltas fue tan mediocre, que los testimonios que se leyeron textualmente en el juicio, nada tienen que ver con los testimonios de las mismas personas, pero dados en este debate. De hecho y a modo de ejemplo, uno de los cajeros del BANEX dijo ante el Tribunal de Faltas que el único que le daba el dinero para el depósito, era Escudero; mientras que en el juicio, ese mismo testigo dijo que él recibía el dinero tanto de Escudero, como de Planella y de Maidana.
En este juicio quedó claramente demostrado que un contador trabajó -y lo sigue haciendo- para el Estado sin matrícula, aun cuando hay una Ley que lo prohíbe, incluso pena a quien dé trabajo -tanto en lo privado como en lo estatal- a contadores que no estén matriculados. El tribunal miró para otro lado, y ni siquiera articuló una compulsa para que sea investigado el caso en primera instancia y así saber si hubo delito o no y por parte de quién o quiénes.
Titulamos esta nota asegurando que el fallo de la Cámara del Crimen Nº 2 -integrada por Hugo Saá Petrino, Gustavo Miranda Folch y Marcelo Milán- era para quedar bien con Dios y con el Diablo y en el camino quedó muy mal con la justicia, porque es evidente que `partieron´ diferencias entre lo pedido por el fiscal -ocho años de prisión- y la absolución pedida por la defensa, toda vez que no quedó demostrado que Escudero cometiera el delito por el que fue juzgado. Había que quedar bien con el poder político, pero no se podía quedar mal con el defensor Carlos Salomón. Entonces le dieron cuatro años, sin lugar a dudas una pena muy leve si es que Escudero cometió el delito.
¿Y la Justicia? Bien, gracias, por allí debe andar, ocultándose por la gran vergüenza que debe tener.
Carlos Rubén Capella
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