San Luis (LaNoticia)21-11-2019. El presente proyecto tiende a mejorar, educar, concientizar, mediante la correcta utilización terminológica del vocabulario al referirse a personas con discapacidad en todos los ámbitos en donde se utilice, como así también, en la redacción de leyes, documentos de carácter oficial, organismos públicos y privados, en campañas de promoción de sus derechos, señalética, y otros que son propios del ámbito y materia en cuestión.
Este proyecto plasma la necesidad de producir y utilizar un vocabulario más inclusivo, evitando palabras como “diferentes, especiales, inválidos o minusválidos”, estas últimas dos en franco desuso por considerarse discriminadores y obsoletos. Gracias a la permanente toma de conciencia y trabajo realizado por distintos organismos que nuclean a Personas con Discapacidad o coadyuvan en la tarea diaria del aprendizaje mutuo, se viene generando este cambio de paradigmas tan necesario y ajustado a la realidad contemporánea, por tal nuestra provincia no puede quedar desactualizada en este ámbito.
Todo lo antes descripto, es acorde a lo que la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad pregona. El propósito de la Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las Personas con Discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
La Convención Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas (ONU) dispuso que el término adecuado para referirse a este grupo de la población sea: “Personas con Discapacidad (PCD)” o “Personas en Situación de Discapacidad”. Por tanto, la utilización terminológica adoptada, es considerada como la única en sus dos acepciones, de manera correcta a nivel mundial. La República Argentina suscribió lo acordado por dicha Convención en el año 2007, siendo ratificada su aplicación e incorporación a nuestro ordenamiento jurídico en Junio de 2008, mes en que se promulgo la ley 26.378.
A modo informativo e ilustrativo de esta fundamentación respecto a la discapacidad, y su introducción terminológica al ámbito legislativo provincial, decimos que, DISCAPACIDAD es una situación provocada en la interacción entre la persona, sus características, el medio físico y social no habilitado para la diversidad propia de la naturaleza humana. La discapacidad no es un atributo del ser persona humana.
La discapacidad ya no se define como una cuestión de salud o de rehabilitación, sino de Derechos Humanos. Esto implica una perspectiva de promover una visión positiva al abordar el tema, y no de asistencialismo.
Referirse a Personas con Discapacidad como:
• Discapacitado: Sugiere que la discapacidad es parte de su definición como ser humano y no lo es.
• Enfermo: La discapacidad no es una enfermedad, es una situación que puede desaparecer si eliminamos las barreras del entorno. Un ejemplo concreto: las personas ciegas, sordas, usuarias de silla de ruedas, están en su mayoría perfectamente sanas y su “discapacidad” sólo surge cuando no hay lectores de pantalla, braille, sitios web accesibles, rampas, baños accesibles, intérpretes de lengua de señas, programas de televisión o videos con subtítulos, que les aseguren su inclusión plena en igualdad de oportunidades.
Por tanto, decir que se sufre de discapacidad y acentuar perspectivas de sufrimiento no es correcto.
• Minusválido: esta palabra proviene del latín “minus” = menor, y valía = valor. Desde la Convención se sostiene y defiende que todas las personas tienen el mismo valor en tanto sean seres humanos.
• Personas con Capacidades Diferentes, Personas con Capacidades Especiales, Personas con Necesidades Especiales: Desde el principio de igualdad propio a las personas humanas, no existen las capacidades diferentes o necesidades especiales. Todos y todas tenemos las mismas capacidades (potenciales, reales, en desarrollo) y necesidades (amar y ser amados, comer, vestirse, tener salud, sobrevivir). Todas y todos compartimos la misma esencia humana en igualdad. Lo que nos diferencia no tiene que ver con nuestras capacidades o necesidades esenciales y cuando no existen barreras en el entorno, se pueden manifestar y satisfacerse en igualdad. Las personas con discapacidad no son ni súper héroes ni especiales: son como todas y todos los demás y así deben ser tratadas.
• Incapaz: la persona con discapacidad es capaz de trabajar, estudiar, ejercer su ciudadanía y tomar decisiones, si disminuimos o eliminamos las barreras del entorno y entregamos un buen apoyo social para esta inclusión.
• Impedido: Las personas con discapacidad pueden hacer todo lo que quieran, si eliminamos las barreras del entorno. La discapacidad no es un impedimento, es una diferencia.
• Normal vs. Anormal: Actualmente, el concepto de normalidad ha sido cuestionado por varias corrientes filosóficas y políticas, así como la contraposición normal vs. anormal. Ante la reflexión sobre bajo qué criterios se define lo normal de lo que no lo es y profundizamos en los detalles, no existe nadie plenamente “normal”
De acuerdo a este marco, se debe evitar referirse a vivir una vida “normal”, trabajo “normal”, escolaridad “normal”. Por el contrario, se debería utilizar expresiones como vida digna, calidad de vida digna, trabajo digno, decente, en igualdad o en equiparación de oportunidades. El concepto de “normalidad” es otra forma de discriminación y exclusión.
Usos correctos:
Las personas sordas o ciegas lo son orgullosamente y muchas veces prefieren este término en vez de persona con discapacidad auditiva o visual, por ende, no tener miedo o prurito de decir sordo, ciego o nombrarla específicamente por su denominacion.
El mejor término para personas que utilizan silla de ruedas es persona usuaria de silla de ruedas.
Fuente: http://inclusionlaboralpcd.org/vocabulario-inclusivo/ de la Organización de Estados Americanos.
Por todo lo expuesto anteriormente, fue que presenté este proyecto y solicité que se de tratamiento de ley y se realicen los cambios necesarios para asegurar el vocabulario inclusivo, de acuerdo a la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, dentro de los textos de las leyes provinciales referidas a los derechos de personas con discapacidad así como también el vocabulario incorrecto utilizado en decretos, ordenanzas y cualquier otro documento de carácter público o de instituciones gubernamentales, señalética en edificios de gobierno y campañas de promoción de temáticas relacionadas a personas con discapacidad.
“Yo vivo esta situación porque tengo una discapacidad y presido una asociación de discapacidad de Merlo y estoy en contacto con mucha gente relacionada con el tema. Y había una inquietud sobre las distintas formas de referirse a las personas con discapacidad. A su vez, yo tengo una base en la educación, soy docente, por lo que entiendo la importancia que se le debe dar al vocabulario, porque ese vocabulario genera realidades. Y a veces esas realidades están distorsionadas por las palabras que se utilizan” finalizó Domínguez, resaltando que se debe dejar de usar algunos términos como personas con capacidades diferentes o inválidos, y ser llamados discapacitados o personas en situación de discapacidad, como lo regula la ONU.
Federico Capella
fefescapella@gmail.com