San Luis (LaNoticia) 22-12-17. Luego de la publicación de nuestro medio sobre el malestar producido por el llamado a elección para el CPF, desde el Superior Tribunal recularon y ahora podrá presentarse cualquiera. Pero…
El 15 de diciembre pasado, el Superior Tribunal de Justicia de San Luis -integrado por Lilia Novillo, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo-, emitió el Acuerdo 842 –clic acá para verlo-, mediante el cual decidieron “CONVOCAR A ELECCIÓN DIRECTA Y SECRETA a los Sres. Profesionales integrantes del Cuerpo Profesional Forense de las tres Circunscripciones Judiciales de la Provincia, para el día 27 de Diciembre del corriente año, en HORARIO de 8:00 a 12:00 con objeto de elegir al Director General del Cuerpo Profesional Forense”. En él se establecía que “todos los profesionales de Ciencias Médicas serán candidatos directos”. Este punto en cuestión, despertó la ira de los profesionales forenses, de distintas especialidades, que trabajan en el Poder Judicial, tal como lo publicamos en nuestra edición del martes pasado –clic acá para ver archivo-.
Allí señalamos que habíamos hablado con un abogado, quien nos había adelantado hacer algún tipo de presentación contra este punto, lo que al parecer hizo entender a Novillo and Company que estaban haciendo mal las cosas. Increíblemente quienes son los máximos responsables de hacer cumplir las Constituciones y las leyes, y castigar en caso de violación de las mismas, estaban violando la ley 23.592, por no permitir a todo profesional forense, sin distinción de especialidad, poder participar en las mismas.
Ante esto, más rápidos que los bomberos, los ministros sacaron el 20 de diciembre, el Acuerdo 849 –clic acá para verlo-, mediante el cual modificaron ese polémico ítems que se contraponía con la ley 23.592; acordando “MODIFICAR el Art. 5 del Anexo I del Acuerdo N° 841/2017, Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Cuerpo Profesional Forense, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5: El Director del Cuerpo Profesional Forense será un Profesional de cualquier materia de las que componen dicho Cuerpo que cuente con formación universitaria de grado y especialización formal forense; elegido por votación obligatoria y secreta de todos los profesionales que integran el Cuerpo Profesional Forense. El desempeño del cargo lo será por cuatro (4) años con posibilidades de reelección. La categoría remunerativa prevista para el mismo, se ostentará inter dure el mandato. II.- MODIFICAR el pto. II del Acuerdo N° 842/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ESTABLECER que todos los profesionales del Cuerpo Profesional Forense que cuenten con formación universitaria de grado y especialización formal forense serán candidatos directos”. O sea que admitieron que en el anterior Acuerdo discriminaban a los profesionales forenses que no fueran de la especialidad médica.
¿Y los plazos?
Ahora bien, ya no discriminan a los profesionales forenses, pero todavía tienen un pequeño detalle que solucionar, puesto que es increíble que tres ministros del Poder Judicial, ignoren que toda elección, hasta la de un club de barrio, debe respetar los plazos electorales. Y es por eso que titulamos “Media marcha atrás”, porque todavía falta la otra mitad, tan importante como la que ya dieron.
Dialogando con distintos profesionales que deambulan diariamente por los pasillos del Poder Judicial, escuchamos varias frases interesantes, como por ejemplo “si se vota el 27 y son los más de 60 profesionales candidatos, ¿Cuántos votos va a haber en cada cuarto oscuro? ¿60 boletas?”, nos preguntó uno, mientras otro que estaba a su lado completó “¿Qué van a poner en el cuarto oscuro el 27? ¿Un papelito en blanco y una lapicera para que cada uno escriba el nombre de su candidato?”, a lo que el primero preguntó irónicamente “¿Esto es un poder judicial o una verdulería que escribimos papelitos?” y se escuchó casi como respuesta “¡Me parece muy poco serio! De Lilia se puede esperar cualquier cosa, pero de Cobo que tiene 42 años de profesión ¿Que avale semejante mamarracho? Eso es algo que nos extraña”.
“Si no hay plazos para presentar con nota y avales a los postulantes, ¿Cómo sabemos quién se presenta?”, dijo alguien que se sumó a la charla, quien agregó que “las boletas oficializadas deben estar impresas con el nombre y apellido de cada uno de los postulantes que compitan”, y señalaron algo que es elemental en cualquier elección, como lo es el hecho de impugnar a determinado candidato, si consideran que no puede serlo; algo que como está dada la situación, no podrán hacer.
Pedido de postergación
En medio de nuestro recorrido dialogando con cuanto profesional se nos acercaba con distintas inquietudes, nos enteramos que el forense de Villa Mercedes -aunque ahora está en medicina laboral- Horacio Sosa de los Santos había metido un escrito pidiendo al Superior Tribunal la suspensión del acto eleccionario, hecho este que habría empoderado a profesionales de San Luis, quienes en las próximas horas estarían haciendo una presentación similar.
En su escrito, el médico de origen cordobés, le exigiría al Superior Tribunal el aplazamiento del acto eleccionario para respetar los plazos electorales que dictamina la ley correspondiente, que permita impugnaciones si las hubiere y que se oficialicen e impriman las listas con la identidad de los candidatos que se postularen.
Carlos Rubén Capella
lanoticiaensl@gmail.com