San Luis (LaNoticia) 16-04-2021.  El gobierno de la Provincia suspendió a través de un decreto las festividades religiosas por la pandemia.

Este miércoles el Gobierno decidió “suspender en todo el territorio provincial, según lo establecido por el DNU 235/2021 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, eventos que impliquen concurrencia masiva de personas y fiestas patronales provinciales, incluidos los festejos de Cristo de la Quebrada y Cristo de Renca”.

En el mismo decreto que conoció que por el momento no habrá más restricciones en San Luis, en el artículo 7 se autoriza «a los usuarios, consumidores y destinatarios de las actividades que a continuación se enuncian, a realizarlas en el horario de 6:00 a 00:00 horas, de lunes a domingo, y de acuerdo al siguiente esquema, bajo estricto cumplimiento de los protocolos vigentes para cada una de ellas:
A.-Comercios minoristas y mayoristas.
B.-Centros comerciales minoristas.
C.-Peluquerías, barberías y centros de estética.
D.-Profesiones liberales.
E.-Escuelas de manejo.
F.-Profesionales de salud privada, cumpliendo el protocolo para profesionales de la salud.
G.-Deportes individuales: caminata, atletismo, ciclismo, siempre que los mismos se realicen en las proximidades del domicilio y al aire libre.
H.-Deportes grupales sin contacto y con un máximo de diez (10) personas, tales como: tenis, pádel, golf, pelota vasca, tiro con arco y tenis de mesa.
I.-Deportes individuales y de equipo de contacto según protocolo específico.
J.-Institutos de aprendizaje no formales, tales como institutos de idiomas, cocina y danzas.
K.-Gimnasios, centro de pilates, yoga, natación y afines.
L.-Profesiones de fe: oraciones individuales, confesiones, adoración eucarística, asistencia espiritual individual.
M.-Celebraciones religiosas y especiales: bautismos, casamientos, orden sagrado, minian, oraciones, entre otros, según protocolo específico.
N.-Actividades turísticas internas e interjuridiccional y guías de turismo.
O.-Visitas a los servicios penitenciarios.
P.-Visitas a geriátricos.
Q.-Realización de actividades culturales según protocolo vigente.
R.-Actividad casino.
S.-Alojamiento turístico.
T.-Camping.
U.-Balnearios y piscinas.
V.-Albergues transitorios.
W.-Áreas naturales protegidas.
X.-Aperturas de parques provinciales.
Y.-Actividades deportivas de riesgo muy alto, según protocolo vigente.
Z.-Actividades en salas y/o espacios culturales cerrados.
AA.-Actividades en peloteros.
BB.-Actividades en salas cinematográficas.
CC.-Retorno a las clases presenciales en la educación obligatoria.