Sr Periodista:
Me dirijo a Ud. a fin de poner en conocimiento hechos de extrema gravedad, que han afectado a dos ancianos de nuestra ciudad.
Concretamente.
a) El 17 de Febrero 2010 C. Suarez previa rotura de la cerradura ingreso se atrinchero en Pedernera N° 733, domicilio de un matrimonio de avanzada edad (Esc. Humberto Agundez y Sra.) que había sido internado de urgencia-Acudió personal policial-911-, procediendo este abogado a formular denuncia policial y judicial ese mismo día. Estos hechos provocaron repercusión pública en los medios de difusión. Sin embargo la Sra. Cadelago sostiene que le adquirió la vivienda el día 23 de Febrero 2010, con todo su contenido a Suárez. El Sr. Juez Civil Giménez ha denunciado a este abogado por la supuesta comisión de delitos y he pedido que se investigue por adquisición de esa propiedad. En la vivienda parte de los elementos habían sido sustraídos y otros estaban acumulados en bolsas de gran tamaño, listas para ser sacadas del domicilio. (Ropa personal, documentación personal, Zapatos, cientos de Escrituras Públicas, Titulo de Escribano, Diputado, documentos-pagare, etc, etc). Esa investigación jamás se ha iniciado y los Jueces de Primera Instancia se han apartado en su totalidad. Consecuentemente el próximo 17/02/2016, habrán transcurrido seis años desde los hechos y se produciría la prescripción de la acción correspondiente. Uno de los ancianos damnificados ya ha fallecido y ya no podrá volver a su hogar. El interrogante es si resulta admisible esta situación de ostensible “impunidad” por esa razón. Aclaro que hay Sres. Jueces que merecen mi absoluto respeto por su labor Judicial.
b) Hechos como este creo que debe despertar la preocupación de quienes tiene la posibilidad de llegar a la comunidad e informales de aquellas situaciones que significan impunidad e Injusticia, en este caso porque una de las personas trabaja en el Poder Judicial.
c) Lamentablemente hay Colegas que en vez de pedir acceso a los medios de comunicación con esta finalidad, pretenden “utilizar” a la prensa para presionar a los Tribunales, tratando de lograr sus objetivos, en base a dichos mendaces y maliciosos como ha ocurrido en el caso Rubbiani.
Cuando un Tribunal dicta una sentencia se debe respetar y usar la vía recursiva que corresponda.
Si no resulta de su agrado recurrir a la vía recursiva correspondiente.
La realización de una conferencia de prensa, buscando presionar al Tribunal Superior, impide que los pronunciamiento sean justos y conforme a la Ley.
d) Evidentemente se trata de una actitud lamentable y reprobable, aunque habitual tal como ocurriera en al “Caso Escudero”, donde también se pudo observar idéntico accionar para lograr la condena de una persona que estaba siendo Juzgado en un Debate Oral.
e) Precisamente esta causa-caso Agúndez- en el mes de Mayo del corriente año el Abogado Scarso recuso al Juez Carlos Varela que estaba por resolver la situación de las personas imputadas, presentado como defensor casualmente a un pariente del Magistrado, logrando su apartamiento.
A partir de ese momento se produjo la “catarata” de excusaciones, comprendiendo a todos los Jueces de primera instancia de esta ciudad de San Luis, hecho inédito no histórico, ante los precarios fundamentos expuestos en algunos casos.