San Luis (LaNoticia) 27-12-16. Con la feria judicial pisándole los talones, la Cámara Penal Nº 2 tendrá que decidir un planteo de Salomón y la prórroga pedida por Cadelago.
Prórroga
Como ya adelantamos en la edición de ayer, el juez de Instrucción Nº 1 Cadelago Filippi, se basó en el artículo 261 del Código Penal para pedir una nueva prórroga para la continuidad de la investigación del asesinato de Romina Aguilar en primera instancia.
Esto significa que Cadelago Filippi no tiene pruebas suficientes contra los imputados para elevar la causa a juicio, pero nos enfrentaríamos a un escenario complejo si la Cámara Penal Nº 2 de San Luis, integrada por Hugo Guillermo Saá Petrino, Gustavo Adolfo Miranda Folch y Fernando Julio De Viana, le otorgara dicha prórroga, puesto que el mismísimo artículo 261 en el cual Cadelago basa su pedido, expresa que la prórroga se otorgará “por única vez”, algo que ya ocurrió, por lo que no debería volver a otorgarse.
El otro tema que deberá tener presente la Cámara a la hora de resolver, es que ésta es una causa con detenidos por lo que los plazos procesales deben acortarse al máximo posible, con lo cual si no resuelven en estos tres días -el viernes no hay actividad-, tendrían recién la posibilidad de hacerlo después de la feria judicial, salvo que se habilite la feria para resolver, algo que no es muy común que ocurra en nuestro Poder Judicial.
Recurso defensista
Pero esto no es todo lo que tiene que resolver la Cámara Penal Nº 2 en esta causa, puesto que el defensor del viudo de Romina Aguilar, Carlos Salomón, fundó el recurso de excarcelación que le concediera Cadelago Filippi.
En sus fundamentos, Salomón destaca que tanto el fiscal Lutens como el juez Cadelago, a la hora de rechazar la excarcelación solicitada por él, solo atinaron a señalar que se debía a la “escala penal prevista para el delito endilgado”, que es la de prisión perpetua, pero sostiene que no es el único punto que se tiene que tener en cuenta para la prisión preventiva, dando varios casos de jurisprudencia nacional y local.
Salomón establece que tanto Lutens como Cadelago, omiten mencionar el peligro procesal de fuga u obstaculización del procedimiento, temas que también deben ser tenidos en cuenta. Respecto de estos temas, subraya que Diego Lorenzetti se domicilia y trabaja en la Provincia de San Luis desde hace más de 25 años, que tiene un hijo menor de edad y que tiene el mejor de los conceptos por parte de los ciudadanos de La Calera donde fue elegido Intendente -actualmente suspendido por el proceso judicial en su contra-.
También ante la Cámara, tal como lo hizo sin suerte ante Cadelago, Salomón pone como jurisprudencia el caso conocido hace poco tiempo, en el cual la justicia de Concarán dispuso la excarcelación de una joven mujer que está procesada por homicidio calificado por el vínculo, en grado de coautora contra su hija de ocho meses de edad. Es decir que en el caso de esta joven, al igual que Lorenzetti tiene una alta “escala penal prevista para el delito endilgado”, lo que no obstaculizó que se le otorgara la excarcelación, claro, en este caso la `idea´ de la excarcelación la tuvo el gobernador de la Provincia, Alberto Rodríguez Saá.
Carlos Rubén Capella
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