San Luis (LaNoticia) 22-09-16. El Día del Empleado de Comercio fue establecido por la Ley 23.541, la que prevé que es una jornada no laborable para los mercantiles.
Desde la Cámara de Comercio e Industria de San Luis, se informa a aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente, que deberán ser recompensados con pago doble.
Naturalmente, los comercios atendidos por sus propios dueños y/o familiares, no están sujetos a la obligatoriedad de cerrar el día 26 de septiembre.
Carlos Rubén Capella
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