Otra vez nos encontramos en esta estéril lucha por el federalismo en San Luis y siempre tratando de encontrar caminos para una verdadera independencia de los municipios.
Y puse estéril ya que nos encontramos solos en esta lucha. A los que queremos ayudar no quieren que los ayuden.
Por temor, por falta de actitud, por aceptar una situación de años que forma parte de la política implementada en la provincia y a la cual los municipios han contribuido en 32 años con la friolera de aproximadamente 21.000 millones a valores de 2015. (Suponiendo una coparticipación media del 13 % nacional. Recordamos que en San Luis es del 7,5 % del total de ingresos).
Y ahora, a raíz de seguir los números, investigar y consultar al gobierno, nos ha surgido una nueva en este tema.
La Ley IV-008-2004 de Autonomía Económica, Financiera y Funcional del Poder Judicial, sancionada el 07-04-2004, publicada en el B.O. el 28-04-2004, que en su artículo 5º establece de qué forma se financiará el Poder Judicial, disponiendo en su incisos g) y h) que el P. Judicial se financiará (…) con el 50 % de lo recaudado por el Impuesto Inmobiliario y el 30 % del Impuesto de Sellos…. respectivamente.
Y hete aquí que la Ley XII-0351-2004 publicada en el B.O. el 30-04-2004, sancionada el 26-11-2013, establece en su art. 2º.
ARTÍCULO 2°.- Masa Coparticipable: La masa de los recursos a distribuir estará integrada por los siguientes conceptos:
a) El producido de la recaudación del impuesto inmobiliario, del impuesto sobre los ingresos brutos proveniente de los contribuyentes directos, del impuesto sobre los ingresos brutos proveniente de los contribuyentes alcanzados por el Convenio Multilateral, del impuesto a los automotores acoplados y motocicletas y del impuesto a los sellos, con excepción de aquellos que tengan afectación específica dispuesta por ley.
(La negrita es mío)
Y aquí está el nudo de la cuestión.
El Gobierno, cuando liquida la coparticipación, no ingresa a la masa coparticipable el 50 % del Inmobiliario ni el 30 % de Sellos, seguramente basado en el párrafo que dice “…con excepción de aquellos que tengan afectación específica dispuesta por ley”.
Yo sostengo que primero el total de esos impuestos deben ir a la masa coparticipable, sacar el 20 % que establece la ley, y luego depositar al Poder Judicial los porcentajes establecidos en la Ley de Autonomía.
La Ley de Coparticipación dice que el 100 % de esos impuestos van a la masa coparticipable.
Si esto se produce, no afectaría en nada la ley de autonomía ya que luego se puede enviar lo que corresponda al P. Judicial.
Es el Estado Provincial y no los municipios los que deben hacerse cargo del sostenimiento de uno de los poderes del Estado.
Y lo más importante, de cuánto dinero estamos hablando?
Para todo el 2015 serían 25,8 millones que los municipios le transfirieron al Poder Judicial de San Luis y que debiera hacerse cargo el Estado Provincial.
A esto se suma el excedente del Fondo de Saneamiento y Desarrollo Municipal que para el 2015 fueron 171 millones que debieron quedarse para los municipios, ya sea para ayudarlos con el Fondo o distribuirlos para obras de infraestructura como lo propongo en un proyecto de Ley presentado en la Cámara de Diputados.
Para seguir informándonos y sabiendo realmente cómo se manejan los números en nuestro querido San Luis. Siempre a beneficio del centralismo puntano.