San Luis (LaNoticia) 09-03-16. Intentando estirar más los tiempos de la causa por expropiaciones en Estancia Grande, el Superior Tribunal le `recordó´ algunas leyes.
La familia de don Mario Escudero vienen hace muchos años peleando le desalojo arbitrario y por la fuerza que le ejerció el gobierno provincial de su campo en Estancia Grande. Allá por 2013 presentaron un pedido de nulidad sobre el decreto que sirvió para su expulsión violenta de su propiedad, porque no hubo una ley del Legislativo que enmarcara legalmente la expropiación, pero hay un juez que sigue empeñado en que el tiempo pase y don Mario no pueda volver a su campo.
El juez en cuestión es el titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minas Nº 2, Eduardo Rodolfo Giménez, quien intentó hacer `pasar´ ese pedido de nulidad como un hecho “contencioso administrativo”, por lo que lo elevó al máximo tribunal provincial, pero recibió del Superior Tribunal de Justicia un severo `tirón de oreja´.
Casi como señalándole a Giménez que no se `haga el burro´ porque “en el escrito de demanda, el actor califique su postulación como `acción de nulidad de acto administrativo´”, en realidad “la pretensión se halla vinculada a la materia expropiatoria – en suma, lo que verdaderamente se persigue es declaración de nulidad del proceso expropiatorio, controvirtiéndose la declaración de la utilidad pública, superficie expropiada, etc”.
Ahora, en el párrafo siguiente, el Superior Tribunal casi como que demuestra que el juez Giménez tiene un absoluto desconocimiento del Derecho, puesto que le transcribe textualmente lo dicho por la Ley General de Expropiaciones, más precisamente su artículo 34 que versa “el juicio de expropiación tramitará ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minas del lugar en que se halle situado el bien expropiado” y más aún lo explicado por el artículo 41 de la misma ley que señala textualmente que “en ningún caso una expropiación podrá tramitarse por la vía contencioso administrativa”. En definitiva, el máximo tribunal provincial le dice a Giménez, `muchacho, antes de dar un dictamen, estudie la Ley´. La gran pregunta acá, siendo tan clara la Ley, sería ¿No incurrió el juez Giménez en causal de Juicio Político?
El resto del fallo del Superior Tribunal, no es más que una clase de Derecho al juez Giménez, sobre qué es lo que tuvo que haber hecho para decidir lo planteado por el representante legal de la familia Escudero, Guillermo Domeniconi, en lugar de seguir haciéndole perder el tiempo a don Mario Escudero.
Carlos Rubén Capella
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