El modelo de las elecciones concurrentes ya se utilizó en Salta, con varios detalles a tener en cuenta que, además, deben ser aprobados por la justicia nacional electoral, empezando por la jueza María Servini y la Cámara Nacional Electoral. En Salta, por ejemplo, el ciudadano debía entrar primero a un cuarto oscuro de los tradicionales para allí emitir su voto de la elección nacional, que en aquella oportunidad eran diputados y senadores nacionales. Recién después, la persona salía del cuarto oscuro y, detrás de un biombo, utilizaba la máquina electrónica para votar a las autoridades provinciales. Antes de cada uno de estos pasos, una única mesa, con las mismas autoridades de mesa, iba entregando los sobres donde introducir el voto nacional y luego el comprobante provincial (si el método electrónico es el que se usó la última vez en CABA).
Todo indica que Servini va a intervenir sin que nadie haga una presentación. La jueza con competencia electoral dirá que tiene atribuciones porque debe vigilar que el proceso electoral porteño no implique confusiones ni alteraciones del proceso nacional. Es que la elección concurrente, en los hechos, significa que un distrito -en este caso CABA– aprovecha el operativo nacional y la logística nacional, para realizar la elección porteña, por lo tanto la jueza tiene competencia para opinar sobre cómo se hará el proceso.
En general, a la mayoría de las justicias electorales del mundo no les gustan demasiado los sistemas electrónicos. En primer lugar, porque son vulnerables. Y en segundo lugar, porque el ciudadano no tiene control sobre la elección. Fue el sentido del emblemático fallo de la Corte Suprema de Alemania que ordenó retroceder del método electrónico y volver al papel. En Estados Unidos, la mayoría de los estados volvieron también al papel. Sucede que en el sistema tradicional hay boletas físicas, ciudadanos contándolas, firmas de todos en las actas, elementos concretos, objetivos, que cualquier persona puede controlar. Y, además, ya hubo denuncias y denuncias sobre hackeos e intromisiones –hasta de Rusia– en las elecciones con urnas electrónicas.
Respecto de la decisión de Horacio Rodríguez Larreta, en la justicia electoral se dice que “lo primero es ver el decreto de convocatoria, los detalles y la forma concreta de realización”. En principio, todos creen que se guiará por lo ya hecho en Salta. Da la impresión que, en realidad, el ciudadano completará el voto nacional primero, para que eso no sea objetado por la justicia nacional. Entra al cuarto oscuro, elije boleta, la pone en el sobre, vuelve a la mesa e introduce el sobre en la urna como siempre. Recién después se le entrega otro sobre con que el votante no vuelve al cuarto oscuro anterior sino que se dirige detrás de un biombo para realizar el segundo proceso, el del voto porteño. Para eso digita en la máquina a sus candidatos elegidos y luego sale un comprobante del aparato. Ese comprobanto es el que introduce en el segundo sobre. El proceso finaliza cuando lleva el segundo sobre nuevamente a la mesa y lo introduce en la segunda urna.
La justicia nacional querrá saber si esto se hará así o de otra manera y cómo se realizará el escrutinio. Hay una segunda cuestión de máxima importancia: ¿cómo se entrenará a las autoridades de mesa y cómo se instruirá a los votantes para que no haya mezclas ni confusiones? Con todos estos elementos, se dirá si lo planteado por el gobierno de Rodríguez Larreta interfiere o no, crea confusión o entra dentro de los cánones aceptables.
Los jueces electorales argentinos y del mundo saben que ningún sistema es neutro, siempre hay favorecidos y perjudicados. Pese a los reclamos de Mauricio Macri, él mismo cambió más de una vez. Hubo sistema electrónico en un día distinto al nacional y luego –cuando convenía a su intento reeleccionista– se inclinó por la boleta sábana. Todo preanuncia entonces que la justicia electoral mirará con lupa el decreto de convocatoria. Y ya se sabe que a la jueza Servini no le gusta perder el control de las cosas, de manera que algunos presagian que el asunto podría pasar por la Cámara Nacional y luego por la Corte Suprema. Cuando no.