San Luis (LaNoticia) 27-03-17. La semana anterior Gladys Bailac de Follari fue nuevamente nombrada al frente de DOSEP, teniendo una causa penal abierta.
Desde el Gobierno provincial se informó que Gladys Bailac de Follari volvió a ser la titular de la Dirección Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), cuando la justicia penal tiene una causa en su contra, la que está `debidamente´ cajoneada en el despacho del juez penal Jorge Sabaíni Zapata, desde el año 2015.
Se trata de una compulsa ordenada por la Cámara del Crimen Nº 2, contra Gladys Bailac de Follari -entre otros- por haberse probado que mientras fue directora de DOSEP, no ejerció ningún tipo de controles sobre los dineros de la obra social. La orden se dio como “urgente” debido a que la causa estaba pronta a prescribir; aunque existe en las normas de rito, una que establece que mientras alguno de los acusados de algún delito contra el Estado siga en la función pública no se cuentan los plazos para la prescripción, habiendo por lo menos dos de los imputados en esta compulsa que seguían y siguen trabajando en la administración pública de San Luis.
Un poquito de historia
En septiembre del 2015, la Cámara del Crimen Nº 2 de San Luis dictó sentencia en el juicio oral y público que se le siguió a Roberto Escudero por un desfalco millonario realizado contra DOSEP, el que fuera denunciado por la propia Bailac de Follari en enero de 2006. Allí se sentenció a Escudero a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento domiciliario.
La pena contra Escudero fue muy baja, teniendo en cuenta que la prueba recabada en la investigación judicial, contra Escudero, fue muy escasa, tan escasa que la mejor decisión de la Cámara debió haber sido la absolución por el beneficio de la duda.
En el juicio se demostró que Escudero trabajaba en el área de Tesorería de DOSEP, teniendo a su cargo dar a los cajeros el cambio de caja, luego retirar la recaudación y entregarla al empleado del banco provincial que iba a retirar el dinero para el correspondiente depósito. Durante mucho tiempo, hubo una gran diferencia entre lo recaudado y lo depositado, siendo menor lo que se depositaba, ocurriendo así el desfalco. También se demostró que esa tarea era compartida con dos personas más, no habiéndose demostrado, precisamente, bajo la tarea de quién se había producido el delito, pero la Cámara no dudó en machacarle el delito solamente a Escudero.
Algo que quedó perfectamente demostrado en el juicio oral, fue que en esas épocas las autoridades de DOSEP no realizaban ningún tipo de control sobre el manejo de los dineros, incluso se demostró que los depósitos no se asentaban en ningún libro foliado, sino que se escribían en papeles sueltos, e inclusos muchos de ellos se realizaban con lápiz, es decir que hasta se podían borrar y volver a escribir, sin que nadie lo notara; algo inaudito a la hora de tener que llevar algún tipo de control.
Compulsa
Es por ello que la Cámara decidió “INTIMAR al Señor Juez de Instrucción N° 2 de ésta Ciudad (Jorge Sabaíni Zapata), a los efectos que imprima urgente tramite a la compulsa ordenada por esta Cámara y se gestiona PEX 161269/14, la fuera dispuesta oportunamente por éste Tribunal ordenando investigar las responsabilidades que le pudieran caber en el control y deber de cuidado, respecto de los recursos dinerarios de dicha Obra Social, en orden a Cristina Esther Planella de Rizotto, Orlando Becerra y Gladys Baylac de Follari”.
Carlos Rubén Capella
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