San Luis (LaNoticia) 14-06-17. Casi como una revancha a que el ex gobernador se atrincherara en su despacho, falló a favor de la impugnación presentada por Pupa Agúndez.
Si los hermanos Rodríguez Saá quieren manejar la interna del frente Cambiemos-Avanzar San Luis, para que no vayan con una lista única, el juez Agustín Ruta se mostró como un verdadero soldado del movimiento oficialista. Le dio la razón a Pupa Agúndez al darle lugar a la impugnación presentada contra el acuerdo entre Cambiemos y Avanzar San Luis de presentar una lista unidad en las PAS.
Ruta sostiene que el acta que fijaba una lista unidad, “cercena y restringe arbitrariamente y sin sentido ni razonabilidad el Principio Constitucional consagrado en nivel superior (por encima de las leyes y del propio acuerdo de voluntades) de `elegir y ser elegido´”.
En una parte de su escrito, Ruta sostiene que “…siendo deber de los partidos políticos y que hace a su esencia, la competencia como aptitud para presentar ante la sociedad los candidatos partidarios y la disputa interna para elegir en el partido esos postulantes a los cargos electivos y que en base a una sana interpretación constitucional y teniendo en cuenta que el art. 38 de la Constitución Nacional Argentina garantiza la representación de las minorías, las elecciones internas partidarias libres justas auténticas y genuinas resultan obligatorias si se efectúa una interpretación armónica de toda la disposición”.
Sería muy bueno que Ruta le `recuerde´ ese párrafo a los hermanos Rodríguez Saá, toda vez que el oficialismo provincial no dio lugar a internas que garanticen “la representación de las minorías” y ya que más adelante refiere que él tiene “el deber de contralor y fiscalización a los fines de la validez de los actos electorales, y el deber de ejercer el control de constitucionalidad aún de oficio”, en consecuencia actúe de oficio obligando al justicialismo provincial a ir a internas obligatoriamente y no a través de una lista única, puesto que de lo contrario Ruta está actuando con parcialidad más que manifiesta.
Y más si tenemos en cuenta que en el oficialismo provincial también se firmó un acta para la lista única, la que debería ser tan inconstitucional como la que él sostiene para Cambiemos-Avanzar San Luis.
Si Ruta no declara inconstitucional el acta del justicialismo, sería bueno que nos respondiera a la siguiente gran pregunta: ¿Usted tiene una Constitución para que respeten Cambiemos-Avanzar San Luis y otra que rige para el Justicialismo de los Rodríguez Saá?
Resolutorio
A continuación publicamos textualmente la parte resolutiva del fallo:
“RESUELVO: HACER LUGAR a la IMPUGNACIÓN con pedido de inconstitucionalidad efectuada por los Dres. Jorge Alfredo Agundez y Horacio F. Quevedo, y en su mérito, declarando inaplicable, inválida e inconstitucional la resolución-acuerdo y determinación celebrado por la “ALIANZA AVANZAR Y CAMBIEMOS POR SAN LUIS” mediante Acta de fs. 124 por violatorio a la Carta Orgánica de la UCR y demás Partidos que integran la Alianza de autos y por encontrarse en contraposición a los principios generales del Derecho Electoral y Constitucional que imperan en la Constitución Nacional Argentina y en la Constitución de la Provincia de San Luís como norma supra legal y a los Tratados Internacionales con rango constitucional en cuanto consagran los Derechos Políticos”.
Carlos Rubén Capella
lanoticiaensl@gmail.com