Los camaristas de feria del fuero Contencioso Administrativo Federal rechazaron la habilitación del receso invernal para tratar un pedido de inconstitucionalidad contra la ley de subrogancias al considerar que no se trata de una «diligencia urgente» y cerraron el camino a un nuevo pedido de cautelar.
«La habilitación de la feria judicial se encuentra condicionada a la existencia de un supuesto que no admita demora, es decir, que se trate de diligencias urgentes que de esperar a que concluya este período inhábil podrían tomarse ineficaces u originar perjuicios evidentes a las partes», descartaron los magistrados Clara Do Pico y Rodolfo Facio, en respuesta al pedido del abogado Andrés Gil Domínguez.
El letrado había solicitado la habilitación de la feria judicial para resolver que «se tramite la acción de amparo y se resuelva la medida cautelar solicitada», pero los camaristas le replicaron que el tratamiento de la cuestión no era una «diligencia urgente» que no pudiese esperar hasta la reanudación de la actividad habitual en los tribunales.
Un sector del Poder Judicial cuestionó la Ley de Subrogancias aprobada por el Congreso de la Nación, que dispone que el Consejo de la Magistratura designe jueces subrogantes en los estrados vacantes hasta tanto se haga el concurso correspondiente para que el lugar sea ocupado en forma permanente.
Hace diez días, el Consejo buscó calmar las aguas y votó una resolución en la que confirmó las subrogancias ya vigentes en algunos tribunales y delegó en las cámaras la designación de subrogantes por sorteo cuando un juez es recusado o se excusa o ante otros impedimentos o también en las subrogancias inferiores a 60 días.