Defensa al Consumidor comenzará a sancionar a comercios y empresas que hagan esperar a sus clientes más de media hora. La medida también incluye a bancos y supermercados.
La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza comenzará a sancionar con altas multas a aquellos comercios, municipios, hospitales privados, centros de pago rápido y bancos, que hagan esperar a los clientes más de 30 minutos en la fila.
Se instalarán consumidores en la fila de los diferentes lugares donde habitualmente concurre gran cantidad de gente, y cuando se cumplan los 30 minutos se dará a conocer la demora y se aplicará la sanción por parte de inspectores que corroborarán la situación.
El Director de Defensa del Consumidor de Mendoza, Sergio Rocamora, dijo que la iniciativa se enmarca dentro de dos normas legales: el artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece “un trato digno y equitativo” para los consumidores, y el artículo 8 bis de la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, que protege los derechos de los mismos.
“La vida se mide en tiempo y el tiempo que perdemos es vida”, expresó Rocamora. Y explicó: “Se va a colocar el inspector en la fila y si en 30 minutos no lo atienden coloca una infracción y entrega una copia al banco o gerente de la empresa”.
Por su parte, en San Juan ya existía una ley que regulaba este tipo de problemáticas, pero nunca se aplicó.
La ley 7.389 fue sancionada por la Cámara de Diputados en el 2003 pero recién a partir del 2005 se puso en práctica. Manifestaba que tanto en los bancos como en las financieras debía haber libros de queja en donde la gente certifique el horario de ingreso y el de egreso.
Además, en caso de que las demoras sean superiores a la media hora el cliente está en condiciones de denunciar el hecho.
Finalmente en 2013 esta ley fue reemplazada por la 8.423 en 2013 pero se puso en funcionamiento en febrero del 2014.
La modificación impuso el plazo de un año para la aplicación de un sistema electrónico de registro para que los clientes de diferentes entidades no hagan cola.