Comienza un nuevo año y con él llegan los cambios. En materia de impuestos, las variables que definen quiénes y cuánto tributan las Ganancias se actualizarán, según la variación de un índice salarial.
De esta manera, a partir de enero de 2019, un trabajador que no tiene cargas de familia ni aplica ninguna deducción por gastos, tendrá una carga impositiva desde un salario promedio mensual de $38.301, incluido el proporcional del aguinaldo. Entre las novedades del nuevo está la puesta en marcha de la imposición sobre las rentabilidades obtenidas por inversiones financieras. A continuación algunas consideraciones a tener en cuenta:
Según publicó este martes LA NACION, la AFIP confirmó que hasta el 31 de marzo próximo se podrá completar el formulario de deducciones, pagos a cuenta (un porcentaje del impuesto al cheque) y datos de pluriempleo (salarios pagados por un empleador diferente del que hace la retención del impuesto). Para este trámite se debe ingresar en la página web del organismo recaudador con la clave fiscal y acceder al servicio interactivo llamado «Siradig – Trabajador».
En cuanto a las deducciones los montos para cada período son las siguientes: Hijos menores de 18 años o incapacitados para trabajar. Por 2018 se descuentan $31.461,09 por cada uno; por 2019, $40.361,43. En caso de que hubiera un cónyuge, solo puede deducirse si no tiene ingresos propios (o, si los tiene, que sean de hasta $66.917,91 en todo 2018 y de $85.848,99 en 2019). Lo deducible es de $62.385,20 por todo 2018 y de $80.033.97 por 2019.
Respecto a los sueldos y contribuciones por servicio doméstico, el tope deducible es de $66.917,91 (por 2018) y de $85.848,99 (por 2019). En caso de alquiler una vivienda, se aplica como deducción el 40% de lo pagado, con los mismos máximos que rigen para el servicio doméstico.
En cuanto a los intereses de créditos para vivienda, tiene un tope de $20.000 al año. Los seguros de vida y gastos de sepelio de familiares a cargo, hasta $996 en cada caso y por año. Por último, en relación a los honorarios médicos (40% de lo pagado), cuotas con medicina privada donaciones a instituciones habilitadas, rigen topes vinculados al monto de los ingresos.
Por otra parte, las variables del tributo que definen quiénes quedan alcanzados se actualizan según la variación que tuvo la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Cabe recordar que, entre octubre del año pasado y el mismo período de 2018 el indicador se movió un 28,29%. Ese es el nivel en el que suben los salarios más bajos alcanzados y también los ingresos imponibles tope, que, dentro de una tabla, determinan qué monto fijo y qué porcentaje sobre una parte del salario se paga.
En esta oportunidad, ese aumento -de 28,29%- resulta inferior a la inflación, que, según se estima, será en todo el año de alrededor del 48%. En tanto, a menor poder adquisitivo la carga fiscal se acrecienta. De este modo, en el caso de un asalariado sin cargas de familia, el menor sueldo promedio mensual alcanzado será de $38.301.
Si se trata de alguien que deduce cónyuge y dos hijos, esa cifra será de $50.668. Si se deducen dos hijos pero no cónyuge, el ingreso alcanzado parte de $44.511, y si se declara un hijo (o el 50% de dos hijos, tal como puede hacerse si los dos padres tributan y ninguno de ellos toma el 100% de la deducción), el menor sueldo alcanzado por Ganancias será de $41.406.
En cuanto a las provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones, todas las cifras se incrementan en un 22%. El ajuste de las variables no solo eleva los valores mínimos para tributar, sino que implica un alivio en la carga (respecto de la inexistencia de la actualización) que es para todos.
Los jubilados pagan Ganancias a partir de un ingreso equivalente a seis haberes mínimos; así, el monto varía durante el año. Así, durante diciembre, en enero y febrero el mínimo será de $55.854,60, mientras que en marzo subirá a $62.462,20. Respecto a los autónomos, es importante considerar que a partir de los ingresos de este año, cuentan con ventaja comparado con cómo venían pagando este impuesto, porque disminuye la brecha con los asalariados.
Por todo 2018, el ingreso más bajo alcanzado por el impuesto es de $200.753,73 (sería de $133.935,82 de no haber mediado un cambio legislativo). Y para 2019 la cifra anual será de $257.546,96, si no se aplica ninguna deducción. Estas cifras diferenciadas respecto de quienes están en relación de dependencia también determinan que, a cualquier nivel de ingreso alcanzado, se paga un tributo que es más elevado, medido como porcentaje del dinero obtenido por el trabajo.
De esta manera, un asalariado sin cargas de familia con un salario promedio neto de $46.000 en 2018 tributó este año $33.230,41, un 5,5% de su sueldo. Suponiendo que el año próximo percibirá un 30% más, para llegar a una cifra promedio de $59.800, entonces le descontarán $45.391,97 ($3491,7 mensuales), equivalentes al 5,8% del neto. Para un asalariado que deduce a su cónyuge y a dos hijos, con un sueldo neto de $60.000 en 2018, paga este año $48.538,42, un 6,2% de su ingreso. Si en 2019 cobra, en promedio, un 30% más ($78.000), la carga tributaria anual será de $65.870($5067 mensuales), lo cual representa un 6,5% del sueldo.
Debido a la reforma tributaria a fines del año pasado, la renta financiera obtenida por inversiones como plazos fijos, bonos públicos, entre otros instrumentos, también fueron alcanzadas por Ganancias. En el caso de colocaciones en pesos y sin ajuste por inflación, la alícuota es del 5%, mientras que las inversiones en dólares o que ajustan por inflación (nominadas en UVA) tributan un 15%. Aún falta la reglamentación.
Fuentes de la AFIP señalaron que la declaración de lo obtenido por esta vía se hará con un formulario específico, que deberá presentarse en las mismas fechas que las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales.