San Luis (LaNoticia) 22-11-18. El intento de varias municipalidades por recaudar más, cayó en inconstitucionalidades ya juzgadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Varios Municipios del interior provincial, entre ellos Juana Koslay, El Volcán y Merlo; decidieron firmar un convenio con la empresa provincial distribuidora de energía eléctrica para que ésta coloque en sus boletas los cobros de sus tasas y servicios, a cambio del 8 % para EDESAL.
Esto ya se intentó hace mucho tiempo, con protestas que llegaron a la justicia y fue la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación la que declaró la inconstitucionalidad de mezclar cobros de distintos servicios en una misma boleta del cobro de la energía eléctrica, por lo que prohibió que se cortara la luz a quienes no pagaran las tasas y servicios aunadas en la boleta de energía eléctrica. Después de un tiempo, los funcionarios municipales, desesperados por recaudar más, vuelven a la carga con algo ya prohibido, aunque ahora intenten un `cambio´ que es tan inconstitucional como `pegar´ ambas boletas.
Si uno no paga la luz, se la cortan, pero si paga la luz pero no el ABL municipal -más el agua y cloacas- que viene adherido, la empresa distribuidora de energía, jamás puede cortar el servicio eléctrico, claro está, si no quiere comerse flor de juicio.
En diálogo con nuestro medio, el intendente de Juana Koslay, Jorge `Toti´ Videla aseguró que a nadie le van a cortar la energía eléctrica por no pagar el ABL municipal, porque si bien ambos servicios iban a estar en la misma boleta, iban a estar discriminados de manera tal que uno podía elegir, en el momento de pagar esa boleta en particular, si pagaba de paso los servicios municipales o no.
Pero, según informaron desde EDESAL, es el usuario el que tiene que dirigirse hasta las oficinas de la empresa eléctrica para decir que no quiere recibir la boleta de la luz con la de los servicios municipales. Acá se produce otra anticonstitucionalidad ya determinada por la justicia, el usuario de cualquier servicio no tiene ninguna obligación de concurrir a oficinas a decidir que no quiere tal o cual facturación, sino que debería ser la empresa la que recurra al cliente, pero más allá que uno esté de acuerdo con que le vengan los servicios municipales en conjunto con la de energía eléctrica, ya sea por comodidad o lo que sea, si en determinado momento no puede pagar ambos servicios, no puede sufrir el corte de luz por no pagar la tasa municipal. De hecho, solo hay que hacer memoria cuando el kirchnerismo intentó eliminar subsidios de las tarifas eléctricas y de gas natural, tuvo que emitir una norma en cuanto quien quería no recibir subsidios estatales, era quien debía ir a renunciar. De hecho, fueron tan pocos los que renunciaron a esos subsidios, que determinó el fracaso rotundo de la medida.
Movilizaciones
Por estas horas, hay vecinos de los distintos municipios que firmaron el acuerdo con EDESAL que están en estado de asambleas y movilización para protestar contra la medida, lo que deja ver que este intento será todo un fracaso.
Modalidad legal
La única forma constitucional de conseguir esta medida, es que la boleta de la energía eléctrica tenga los servicios municipales como un adicional optativo -por ejemplo con dos códigos de barra distintos-, es decir, cuando un cliente de EDESAL recibe su boleta de la luz, decide en ese momento si paga solo la luz, o también paga los servicios municipales, sin que esto determine sanciones por parte de la eléctrica. Porque es verdad que hay vecinos a los cuales se les facilita el pago municipal si viene con la boleta de energía eléctrica, pero de ahí a que le corten un servicio por el no pago de otro, muchachos, ES ANTICONSTITUCIONAL ¿Cómo hay que explicárselos?
Carlos Rubén Capella
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