La Cámara Federal de Casación Penal prorrogó la prisión preventiva de Eva Elena Ortíz y Walter Climaco Cuellar por el término de seis meses por ser autores responsables del delito de «trata de personas» con menores de una escuela-albergue.
La Sala Primera convalidó la prisión preventiva de una pareja procesada por obligar a niños que asistían a una escuela-albergue en Salta a realizar diversos trabajos «en condiciones inadecuadas y provistos de una alimentación insuficiente».
Así, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal de Salta que «prorrogó la prisión preventiva de Eva Elena Ortíz y Walter Climaco Cuellar por el término de seis meses desde el 26 de octubre de 2014» al considerarlos «autores responsables del delito de trata de personas que se encuentra agravado por el número de víctimas».
En cuanto a la mujer, además, se tuvo en cuenta que era la «encargada de la guarda y educación de los menores en razón de su cargo de directora de la escuela-albergue a la que los menores acudían».
En una resolución de sólo tres carillas, los camaristas Luis María Cabral, Gustavo Marcelo Hornos y Ana María Figueroa coincidieron en aprobar la continuidad del encierro cautelar de la pareja teniendo en cuenta que «se está llevando a cabo el juicio oral y público, que ha comenzado el día 3 de diciembre de 2014, habiéndose fijado audiencias para los días miércoles hasta su culminación».
En el marco de esta causa, el 29 de mayo último la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el procesamiento dictado por el Juzgado Federal 2 que «consideró probado, entre otros aspectos y con el grado de certeza requerido por la instancia en que se encuentra la causa, que los menores eran sometidos bajo continuas amenazas y malos tratos a trabajos forzados en la finca El Destierro».
En la finca donde las criaturas eran obligadas a trabajar «se encontraba radicada la escuela albergue Número 4.295 que acogía a las víctimas, siendo obligados además (los cuatro hermanitos y otros niños) a vivir en condiciones inadecuadas y provistos de una alimentación insuficiente, a pesar de las partidas asignadas por el Ministerio de Educación», según surge del expediente.
Los camaristas Renato Rabbi-Baldi Cabanillas, Roberto Loutayf Ranea y Jorge Luis Villada consideraron probado que los niños «eran llevados a realizar actividades ajenas a la escolaridad a la localidad de Olleros, desde donde finalmente cuatro de ellos lograron escaparse y pedir ayuda a una circunstancial vecina».
Al ratificar los procesamientos el Tribunal imputó a la pareja «el delito de transporte y acogimiento de menores de edad con fines de explotación, toda vez que se encuentra acreditado en la causa que trasladaron a los menores desde la localidad de Las Lajitas hasta El Destierro, con el consentimiento de sus progenitores, bajo el engaño de que recibirían educación y alimentación, sometiéndolos finalmente a la realización de trabajos forzados, maltrato y castigos».
145, número nacional, gratuito y anónimo para denunciar situaciones de trata de personas.