Las empresas distribuidoras de gas no podrán cortarles el suministro a los usuarios que no paguen. Así lo dispuso el juzado federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, al hacer lugar a un amparo colectivo que presentó la Asociación Consumidores Argentinos con el objetivo de frenar los cortes que se suceden ante la imposibilidad de muchos de hacer frente a los tarifazos dispuestos por el gobierno de Mauricio Macri.
El juzgado federal de Dolores dio curso a la acción presentada en defensa de los usuarios y dictó una medida cautelar que ordena que «todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago».
José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep, quienes recurrieron a la Justicia en su condición de apoderados de la Asociación Consumidores Argentinos, solicitaron en su presentación que los aumentos del gas sean declarados nulos e inconstitucionales “por falta de audiencia pública”. Además de la suspensión de los cortes, habían pedido que se ordene a las empresas distribuidoras a dar marcha atrás con las subas y llevar el gas a los valores anteriores al 1° de abril de 2018, y que también se las hiciera devolver el monto de los aumentos a quienes ya los hubieran pagado.
«Se habrá de dictar una medida cautelar interina -distinta a la peticionada- que considero indispensable a los fines de garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso a este servicio público y -de este modo- proteger a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado», señaló en juez, quien sólo hizo lugar al pedido de que se suspendan los cortes. Sobre las otras solicitudes decidió darle al Estado la posibilidad de expresar su posición y recién entonces tomará una decisión.