Este miércoles la ANMAT prohibió a través de las disposiciones N°3234 y N°3274 de 2020, publicadas en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca de semillas, alimentos libres de gluten y un suplemento dietario.

A través de la Disposición N°3234/2020 prohibieron la comercialización en todo el país y en los sitios de venta online de las semillas de quino, libres de gluten, RNPA 02-582.465; semillas de sésamo, libre de gluten, RNPA 02-582.464; semillas de lino, libre de gluten, RNPA 02-582-466; harina de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.468; semillas de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.468; semillas de amaranto, libre de gluten, RNPA 02-582.467. Todos estos alimentos son elaborados por Tecnobotánica S.A y consignan en sus rótulos los registros vencidos desde septiembre de 2018.

La misma disposición prohibió también la venta de los productos “Alimento a base de frutas secas, banana y ananá, libre de gluten, RNPA 02-598536 y Alimento a base de frutas secas y pasas de uva, libre de gluten, RNPA 02-595835, elaborados hasta el 28/02/2020”, ya que estos no cuentan con la dirección técnica de un profesional según lo requerido en la normativa alimentaria para la elaboración de Alimentos Libres de Gluten. Estos productos son elaborados por la empresa Tecnobotánica S.A.

Desde la ANMAT aseguran que los alimentos han sido falsamente rotulados al tener los registros sanitarios vencidos y que además, fueron elaborados sin la presencia de un Director Técnico, sin ajustarse a las exigencias establecidas para la elaboración de Alimentos Libres de Gluten, por lo que son productos ilegales.

Por otra parte, la Disposición N°3274/2020 ha prohibido la comercialización en todo el territorio nacional del producto Lipoburn Green, by Green Life, por una denuncia de un profesional del Servicio de Endocrinología, Metabolismo y Medicina Nuclear del Hospital Italiano de Buenos Aires sobre el producto, quién tuvo cinco pacientes con diferentes cuadros clínicos que habían consumido el producto para perder peso.

El producto estaba mal rotulado, no tenía los registros RNE y RNPA, por lo que no podía verificarse o constatar la autorización sanitaria, determinar su procedencia, condiciones de elaboración, origen y responsables de su puesta en el mercado.