San Luis (LaNoticia) 08-02-17. Las dos Cámaras legislativas de San Luis le dieron el voto positivo al proyecto enviado por el Ejecutivo Provincial.

Como estaba previsto, la de Senadores votó por unanimidad el proyecto, sabiendo que los nueve senadores pertenecen al oficialismo provincial y ninguno de ellos es capaz de oponerse a ningún proyecto que envíe el Gobierno.
En el caso de Diputados, hubo más oposición al proyecto, aunque el oficialismo no tuvo ningún tipo de inconvenientes a la hora de la votación, puesto que contaban con la anticipada alianza del Frente para la Victoria y Mercedinos por el Cambio.
A la hora de la votación en Diputados, los integrantes de Cambiemos se levantaron de sus bancas y abandonaron la sesión porque el oficialismo se negó a aprobar su pedido. Por considerar contradictorias la Ley de Empleo Puntano y la que se estaba tratando en ese momento, los radicales pretendían introducir el artículo noveno al proyecto de ayer, mediante el cual se derogara la de Empleo Puntano. Como el oficialismo y los aliados del Frente para la Victoria comandado por González Espíndola, le dijeron que no, los radicales abandonaron el recinto.
En el mismo sentido, de derogar la Ley de Empleo Puntano, se mostraron los dos legisladores del recientemente creado, bloque Avanzar, pero a diferencia de sus pares radicales, éstos no abandonaron el recinto ante la negativa oficialista.
Raúl Laborda
A pesar de haber anticipado su voto negativo al proyecto, Raúl Laborda imitó a Cambiemos a la hora de votar, toda vez que se retiró del recinto, aunque en su alocución había señalado que tanto el oficialismo como la oposición no se animaban a “decirle que no al jefe”, en obvia referencia al gobernador Alberto Rodríguez Saá.
Sobre la posición de los bloques opositores, señaló que intentaban “maquillar” el proyecto original, por considerarlo innecesario, puesto que tanto las Constituciones nacional y provincial, “en sus Preámbulo” establecen claramente “para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”, la nacional y “para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo de la Provincia”
Texto de la Ley:
ARTÍCULO 1º.- Créase en la órbita del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Provincia de San Luis, el Corredor Humanitario y Comité de Refugiados San Luis, cuyos objetivos serán establecer las directrices generales para la recepción humanitaria de las personas desplazadas forzosamente de sus Países de origen a causa de su raza, su religión, su nacionalidad, sus ideas políticas o su pertenencia a un determinado grupo social, y fijar las políticas en materia de integración social de quienes arriben al territorio Provincial mediante los mecanismos de admisión humanitaria disponibles.-
ARTÍCULO 2º.- El Corredor Humanitario y Comité de Refugiados San Luis creado en el Artículo precedente, estará conformado de la siguiente manera: Presidencia: a cargo del titular del Poder Ejecutivo, un Coordinador/a General designado por el titular del Poder Ejecutivo. Miembros: titular de la Secretaría General de la Gobernación, titulares de los Ministerios de Gobierno, Justicia y Culto, de Desarrollo Social y de Hacienda Pública; Asesor Ejecutivo: titular del organismo Cascos Blancos.-
ARTÍCULO 3º.- El Corredor Humanitario y Comité de Refugiados San Luis deberá conformar un Registro de Adherentes Activos integrado por representantes de organismos públicos Provinciales y Municipales, instituciones de la sociedad civil y particulares voluntarios que manifiesten su voluntad de colaborar en el armado de una red de contención física, social, psicológica y jurídica que facilite la integración social del refugiado.-
ARTÍCULO 4º.- El Corredor Humanitario y Comité de Refugiados San Luis dictará, por Decreto del Poder Ejecutivo, su reglamento interno de funcionamiento.-
ARTÍCULO. 5º.- El Ministerio de Hacienda Pública, en cuya órbita funcionará la unidad ejecutora responsable de la administración de los recursos a afectarse a la presente, efectuará las adecuaciones necesarias a fin de crear las partidas presupuestarias correspondientes.-
ARTÍCULO 6°.- Créase en el ámbito de la Legislatura Provincial, la Comisión Bicameral Corredor Humanitario San Luis, que tendrá por objetivo promover y garantizar en su ámbito las políticas en la materia y garantizar la transparencia del Corredor Humanitario y Comité de Refugiados San Luis. Estará integrada por TRES (3) Diputados y DOS (2) Senadores, que serán elegidos por sus propios Cuerpos Legislativos. La Comisión dictará su propio Reglamento Interno y designará su Presidente.-
ARTÍCULO 7º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia.-

Carlos Rubén Capella
lanoticiaensl@gmail.com