La servidumbre (justicia de San Luis), con mi fallecimiento entregará las propiedades que detallo al Sr. Feudal Adolfo Rodríguez Saá.
El año 1997/98, la justicia (o servidumbre) nos exige entregar toda nuestra documentación original, escrituras, plano, certificados catastrales, etc. sin machas, ni raspaduras, así el Fiscal toma nuestra denuncia y promete ordenar de inmediato.
A) Una inspección ocular de nuestras propiedades y bienes (no cumplió)
B) Pedir testimonio a gente de Papagayos y zona, tomó una docena de testimonios (quedó a la espera de dar testimonio mucha gente, pero varios ya fallecieron)
C) Con estos trámites se terminaron las gestiones judiciales, nuestros Expte.241-A-98 y toda nuestra documentación se archiva o desaparece esperando mi fallecimiento, y así después de casi 20 años, los Rodríguez Saá, serán los dueños y con documentación veinteañal de nuestras casas y propiedades a su gusto a nombre de la SA TATA IGNACIO, PAPAGAYOS SIGLO XXI, DON ALFREDO o a testaferros Juan Coniglio y otros.
Asimismo adjunto el correo que fue envié al STJSL, al Juzgado Penal de Concarán, al Sr. Gobernador y a la Dirección de Catastro el día 16/6/16 a las 14 Hs., sin respuesta alguna hasta hoy, donde hago un resumen de mi largo peregrinar para que se me entregue el campo que fuera de mi padre, antes de mi muerte, pues varios de mis hermanos ya fallecieron sin poder tener el poder del mismo.
Oficina Sumarios Administrativos ofsumariosadm@justiciasanluis.gov.ar
Dra. Carina Inés Gregoraschuk
S___________/____________D
Me dirijo a usted a fin de acompañar la información requerida por la Oficina de Sumarios Administrativos del Superior Tribunal de Justicia de San Luis, el Expediente caratulado » Rebich Clemente, s/ realiza manifestaciones» ADM 1153/15. Cierto es que respondiendo a la cédula por Ud. remitida, solicité que se me hicieran llegar ya fuera por mail o incluso a mi teléfono particular las instrucciones que correspondieran para seguir con el trámite. Es así que se me solicita por correo electrónico, nombre del Magistrado, Funcionario o Empleado de este Poder Judicial denunciado, carátula del Expediente, y forma en la que actuó en el mismo.-
Como señala en su misiva el presente no tiene por fin dar solución a su problema ante la justicia sino limitar la actuación a los fines de evaluar por parte del Superior Tribunal de Justicia si hubieron incumplimientos a lo establecido por la Ley orgánica y en su caso si corresponde realizar sumario administrativo alguno, de acuerdo a lo manifestado por usted.
En relación a lo expuesto, informo a usted brevemente las alternativas que ha tenido mi caso y en la medida de lo posible la actuación de los funcionarios intervinientes.-
Asimismo, manifiesto que atento la complicidad existente en todos los estratos judiciales (Jueces, Fiscales, intendentes, e inclusive gobernadores), la presente causa será presentada ante los organismos internacionales para denunciar los atropellos y la falta de Justicia existente en esta provincia.-
Atento la finalidad de su misiva, y sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo precedente, informo brevemente las irregularidades y delitos cometidos por los funcionarios provinciales, los Gobernadores Adolfo Rodríguez Saá y el Gobernador Claudio Poggi
1) La usurpación del chalet, galpones y propiedad de nuestro vecino Pina y otros, y la propiedad de mis padres fue realizada en el año 1997 por Tata Ignacio S.A., con policías y gente armada dejando vigilancia (ex combatientes de Malvinas) por muchos años, violaron los registros provinciales y de los tribunales de Villa Mercedes desapareció la sucesión de mi padre.
2) Denuncia a la Dirección de Catastro en la Fiscalía del Crimen 3 ante la Jueza Carina Gregoraschuk.
3) El Sr. Poggi como funcionario en 1998 remitió el expediente 179171-R-98 con su firma dejando constancia que conforme a fojas 30, yo, Juan Rebich Kapitanovich, resulto titular de los padrones Nº1653 y Nº 1712 del año 1938 y 1939 respectivamente. Indica también que en la escritura obrante a fojas 23 y plano Nº1153 es lindero sur con nuestras propiedades, que le fuera ordenado al mismo por el Sr. Gobernador Dr. Adolfo Rodríguez Saá el día 12 de Marzo de 1998. De los padrones nombrados, Catastro me otorgó una certificación con historia y nota de informe, así como también el plano aprobado el 11 de noviembre de 1959 confeccionado por el agrimensor Eloy A. Bona, propiedad de Pina y otros, el cual ha sido negado en todas las reparticiones intervinientes. Permítame la deferencia que todos quienes aquí son nombrados alegan desconocer los datos que figuran en este expediente, y que tienen a su disposición en el fallo del Superior Tribunal de Justicia de San Luis fallo STJSL-E-030-1999 al TATA IGANCIO S.A. el cual es de acceso público.
La escritura confeccionada con el plano Nº 1153 figura como adquirida por posesión veinteañal por los Sres. Pina y Manssur de Martínez de Hoz, e inscripta en el Registro de la propiedad inmueble al Tomo II de Chacabuco, Folio 402, Nº 18872 en San Luis el 25 de Septiembre de 1980, estando incorporada la misma en el Expte. penal 241-A-A-98.
En febrero de 2007 mi abogado, el Dr. Enrique Ponce, solicitó al Dr. Omar Uría que el Superior Tribunal se avoque de inmediato a investigar esta causa, siendo este organismo quien ordenó un “per saltum” de la documentación de Concarán. El día 21 de ese mes, aproximadamente a las 13 hs. el ex diputado nacional Orlando Villegas me golpeó y amenazó de muerte, luego de haber denunciado ante el S.T.J. la usurpación de mis tierras. Días después, se presentaron ante dicho organismo el Juez Criminal Guillermo Gatica y el fiscal criminal Carlos Leloutre (al que se le envió un resumen de casi toda la documentación obrante en el expediente penal, pero nunca dio acuse de recibo). Este último en declaraciones a la prensa que fueron publicadas en medios provinciales y nacionales expresa recordar poco de la causa porque estaba archivada, alegó dificultades en poder encontrarme para acelerar la causa atento que no vivo en la provincia (lo cual es extraño pues existen múltiples medios de comunicación y maneras para tomar contacto con mi persona), y se desligó de lo referente a una pericia clave para aclarar la situación diciendo que no recordaba si esa pericia se había llevado a cabo, poniendo de resalto por último que nadie apeló cuando el expediente fue archivado.
En enero de 2012 recibimos una oferta de inversores españoles para comprar la propiedad y terminar los trámites judiciales, pero extrañamente el Expediente 241-A-98 con la totalidad de la documentación desapareció del Juzgado Penal por casi 11 meses, los inversores no esperaron y nada pudieron hacer los abogados de San Luis. El Senador Jorge Fernández y la Dra. Gladys Alaniz hizo en un lapso de 10 meses, 12 viajes a Concarán con escritos y diversas presentaciones hasta lograr el Expte. 241-A-98 y documentación con más de 800 fojas, al día de hoy existe un completo silencio, pudiendo sostenerse así que se trata de un archivo “secreto” al que no tengo acceso.
Tomo conocimiento que en ese mismo año, el ex intendente de Papagayos, Sr. Juan Coniglio, esposo de mi hermana, encargado y apoderado para el cuidado, administración y usufructo de las propiedades Rebich-Pina, se autoadjudicó una parte de la propiedad correspondiente al padrón Nº 1653 donde se encuentra la casa histórica de mi familia, molino, etc. Esta no solo es una indebida apropiación, sino que asimismo donó a sus hijos la casa y propiedad que correspondían a mi familia, (caso similar) o error que fue reconocido por la senadora Mabel Leyes (ex intendente de La Calera). Que dejo constancia que ante la escribana pública Cristina Chada se ha firmado un comodato a los fines de instalación de una serie de antenas para bajada satelital comercial por un plazo de 10 años en el período comprendido entre 1998-2008 firmado por mi persona y mis hermanos, en carácter de únicos herederos.
Los ministros no acusan recibo de los reclamos esgrimidos por mi persona, ni explican el contenido del escrito bajo Nº 9020300/13 que esta sellado como recibido el 10 de Septiembre de 2013.
El Gobernador Claudio Poggi, como autoridad máxima de la provincia de San Luis NO ha dado respuesta a la carta enviada en fecha 2 de Julio de 2014 con varias notas tanto al Supremo Tribunal de Justicia, ministros y jueces de la provincia, con planos, fotos de la casa cubierta de parrales y otras plantaciones, más documentación que forma parte del expediente 241-A-98 que pocas veces se encuentra disponible en el Juzgado Penal de Concarán.
Asimismo, recientemente los integrantes del Superior Tribunal de Justicia han exigido la agilización y resolución de trámites “eternos” (como es este el caso). Lamentablemente sin abogados la documentación desaparecerá del Juzgado Penal de Concarán y la justicia permitirá que los usurpadores sean sus nuevos dueños. A la fecha, cuatro de los propietarios históricos han fallecido y los que aun quedamos estamos esperando un dictamen judicial, limitados por nuestra edad, distancia, viajes, gastos, pero sobre todo “vueltas” y mentiras.
Que solicito, a los fines probatorios, se remitan los expedientes 179171-R-98, 9020300/13 y 241-A-98
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Clemente Rebich – Bahía Blanca