La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia negó este miércoles la posibilidad de que las parejas homosexuales puedan adoptar niños, a menos que la solicitud recaiga sobre el hijo biológico de su compañero permanente.
Según lo reseñado por diario El Tiempo, la decisión contó con cinco votos: los de los magistrados Gloria Ortiz, María Victoria Calle, Jorge Palacio, el conjuez Roberto Herrera y Guillermo Guerrero.
Durante el debate, que tardó unas 9 horas, el conjuez Herrera argumentó que se debía seguir la jurisprudencia de la Corte y permitir que se dé la adopción consentida, es decir, cuando uno de los dos es el papá.
Todavía queda otra vía por la cual las parejas del mismo sexo tendrían la posibilidad de adoptar. Se trata del Congreso de Colombia, el cual tiene la competencia para legislar al respecto. Habrá que esperar que en esta instancia se tome iniciativa del tema.
Contexto
El año pasado la Corte Constitucional de Colombia ya había fallado sobre el derecho a la adopción entre personas sexodiversas.
En esa oportunidad, el tribunal señaló que la adopción era posible solo cuando un miembro de la pareja es el padre o madre biológica. Con esta nueva sentencia queda ratificada la posición.
No es la primera vez que se debate en altas instancias los derechos de los homosexuales. En 2013, el Congreso de Colombia rechazó un proyecto de ley que permitiría los matrimonios entre personas del mismo sexo. Sin embargo, las parejas del mismo sexo pueden unirse en una figura jurídica similar al matrimonio civil.
Países como Uruguay y Argentina ya cuentan con leyes que permiten la unión de personas del mismo sexo, al igual que en algunos estados de México y Brasil.