San Luis (LaNoticia) 28-12-15. Una resolución contraria al decreto del presidente Mauricio Macri generó una situación poco democrática.
Hace pocos días, en reunión de Directorio del Colegio de Abogados de San Luis, trataron una nota presentada por la Comisión de Derecho Constitucional del propio Colegio, donde se resolvía declarar que el artículo 99, inciso 19 de la Constitución nacional por el cual el presidente Mauricio Macri nombró `en comisión´ a dos miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no permite nombrar jueces, sino `empleados´ del PEN. Para llegar a esta resolución, se basaron en las declaraciones realizadas por varios constitucionalistas.
Así las cosas, resaltan que Daniel Sabsay manifestó que “el procedimiento es de terror por tratarse de una inconstitucionalidad manifiesta”. También a Ricardo Gil Lavedra quien dijo que “la norma constitucional que se utilizó es insostenible frente al principio de independencia de los jueces”. A Eugenio Raúl Zaffaroni quien aseguró que “este decreto determina que el Poder Ejecutivo nombra a sus jueces. Por sí y ante sí… esto no afecta solo a la democracia sino a la república directamente. Y la democracia sin república puede ser un caos”. Finalmente mencionan a Hugo Seleme quien dijo que “esta interpretación del inc. 19 tiene un problema técnico y uno político. El problema técnico reside en que el inc. 19 se refiere a los `empleos´ que requieran acuerdo del Senado. Esos `empleos´ están enumerados en el inc. 13 del mismo artículo… el inc. 4 por el contrario, no utiliza la palabra `empleo´ porque sería ridículo pensar que los ministros de la Corte son empleados de alguien… El problema político que representa esta lectura de la Constitución es que traiciona sus valores más elementales. Si el Presidente puede designar en comisión por su sola voluntad a los ministros de la Corte Suprema, todo el entramado de pesos y contrapesos diseñado por nuestra Carta Constitucional, se desarticula”.
En el segundo artículo de su resolutorio, esta nota declara que “el decreto presidencial Nº 83/15 es inconstitucional por la razón apuntada e implica una intromisión no autorizada legal ni constitucionalmente por parte del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial de la Nación Argentina”.
¿Qué pasó con el Directorio?
Cuando llegó el momento de votar el contenido de la nota, la cuestión quedó con un 3 a 2 a favor de aprobar la resolución y comunicarla a los organismos correspondientes como postura del Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis.
Hasta acá todo bien, pero…
Quienes votaron en contra, el presidente del Colegio Ricardo Alberto Valentino y el secretario Marcelo Zavala, se negaron a firmar la resolución final que fue aprobada por mayoría. ¿A qué le temen Valentino y Zavala? ¿A que Macri, por decreto, los eche? ¿O tal vez son afines al PRO y tienen `miedito´ de que los reten? La actitud de ambos es muy poco democrática, toda vez que no acceden a firmar la resolución que fue aprobada por mayoría. A lo sumo, podrían haber firmado con constancia de sus disidencias, algo que los hubiera alejado de un posible `reto PRO interno´, pero acercado a la democracia.
Pero la cuestión no quedó allí, puesto que a pesar de haber tenido tres votos, la resolución lleva la firma solo de dos. Solo firmaron Adela Pérez del Viso y Héctor Zavala.
¿Qué pasó con el tercero?
Pedro Augusto Agúndez Méndez, vicepresidente del Colegio de Abogados de San Luis, fue el tercero en votar a favor de aprobar la resolución pero a la hora de firmar “arrugó y no quiso firmarla”, nos dijeron malas lenguas del Colegio en cuestión.
Pero lo que más llama la atención, es la supuesta respuesta dada por Agúndez Méndez para no firmar. “Nos dijo que esa resolución ya no tenía sentido porque Macri había dado marcha atrás en los nombramientos”.
Si Agúndez Méndez realmente expresó esa frase, muestra que es un tipo lastimosamente mal informado o lo que sería peor alguien de mala fe. Macri en ningún momento dio marcha atrás con esos dos nombramientos, lo que en realidad ocurrió es que desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se `decidió´ no tomarles juramento sino hasta después de la feria judicial, pero hasta el momento, salvo `arrepentimiento´ posterior, todo indica que los dos propuestos por decreto jurarían en los primeros días de febrero del año próximo al regresar de la feria.
Carlos Rubén Capella
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