San Luis (LaNoticia) 17-12-15. Las compulsas surgieron del juicio oral y público que condenó al chofer del colectivo. Entrá en la nota y entérate quiénes son los abogados.
El expediente que contiene lo actuado en el juicio oral y público deberá ser revisado por el juez de primera instancia, para saber si de allí surgen elementos fácticos que comprueben algún tipo de responsabilidad en la tragedia de otras personas.
Se trata de la directora del colegio, Mónica Noemí Luna, por el hecho de haber contratado un colectivo que no reunía las condiciones mínimas de seguridad para la cantidad de pasajeros que viajaban. También están el cura que acompañó al colectivo en el viaje, Daniel Pérez y la catequista María José Amitrano. Asimismo se pidió que se investigara la conducta del entonces secretario de Transporte, Juan Pablo Schiavi, por la falta de seguridad en el ramal San Martín, pero como las vías ferroviarias son consideradas territorio federal, será la Justicia Federal de San Luis quien se encargue de esta investigación.
Dopazo y Salomón
Dentro de los pasos procesales posteriores al juicio oral, la defensa del chofer Julio César Jofré, condenado a 4 años y 6 meses de prisión, había pedido la nulidad de la sentencia y una pena menor a 3 años de prisión. Ante esto, el juez corrió traslado a las partes, pero solamente contestaron los penalistas José Luis Dopazo y Carlos Salomón adhiriendo a los argumentos de la sentencia y por consiguiente oponiéndose a que se fallara a favor del pedido defensista. Esto hizo que el juez determinara el vencimiento de plazo para la contestación del resto de particulares damnificados en esta causa.
También se supo que la apelación interpuesta por el abogado Jorge Sosa para que Jofré sea condenado por dolo eventual, en lugar de homicidio culposo como lo fue, fue presentada fuera de término, por lo que no fue aceptado. Cabe recordar que Sosa, con ese pedido de cambio de calificación, intentaba que Jofré purgara una pena mayor de prisión.
Carlos Rubén Capella
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