Los cuatro miembros del máximo tribunal acordaron por unanimidad dar marcha atrás con la ley aprobada en junio por el Congreso Nacional, que dejaba en manos del Consejo de la Magistratura la designación de jueces, al considerar que afectaba la «independencia judicial». La Corte declaró también inconstitucional el reglamento de designaciones de subrogantes y todas las listas de conjueces, aunque declaró válidas todas las resoluciones que tomaron los jueces subrogantes para «evitar el caos institucional o la eventual paralización del servicio de Justicia».
El fallo de los cuatro ministros de la Corte también invalidó la resolución 331/14 del Consejo de la Magistratura y el decreto 1264/15 del Poder Ejecutivo Nacional, que designaron al juez Laureano Durán como subrogante a cargo del Juzgado Federal N° 1 de La Plata, con competencia electoral. Esa decisión recayó sobre «todos los jueces subrogantes nombrados en las mismas condiciones», informó el Centro de Información Judicial (CIJ).
La designación de Durán era el tema a definir por la Corte en esta causa, pero consideró avanzar también sobre la constitucionalidad de la ley de subrogancias. La procuradora general, Alejandra Gils Carbó, había sido citada al acuerdo del máximo tribunal y en su dictamen sostuvo que el expediente sobre el caso Durán no estaba en discusión la nueva ley que establece el régimen de suplencias en tribunales.
«La constitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.145 no puede ser examinada y decidida en la presente causa porque no fue aplicada a la designación de Durán”, sostenía el dictamen de Gils Carbó.
Sin embargo, la Corte consideró que era pertinente pronunciarse sobre la ley votada en junio y objetó que «establecía que los jueces subrogantes podían nombrarse por una mayoría inferior a la requerida para nombrar jueces titulares», según detalló el CIJ. Los magistrados indicaron que la normativa resultaba contraria a la jurisprudencia precedente en los casos “Rosza”, “Rizzo” y “Aparicio”.